Conforme a lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Social, la Contraloría Social constituye una práctica de transparencia, de rendición de cuentas y se convierte en un mecanismo para los beneficiarios, para que de manera organizada verifiquen el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a diferentes Programas Federales.
PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO DE CONTRALORÍA SOCIAL PATCS
MANUAL DE USUARIO DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE CONTRALORÍA SOCIAL (SICS) PARA INSTANCIAS NORMATIVAS
MANUAL DE USUARIO DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE CONTRALORÍA SOCIAL (SICS) PARA INSTANCIAS EJECUTORAS
TRÍPTICO DE CONTRALORÍA SOCIAL DE LA CGUTYP
MATERIAL DE DIFUSIÓN DE LA INSTANCIA EJECUTORA
INFORME DEL COMITÉ DE CONTRALORÍA SOCIAL (REQUISITADO)
ACTA DE REGISTRO DEL COMITÉ DE CONTRALORÍA SOCIAL
ACTA DE SUSTITUCIÓN DE UN INTEGRANTE DEL COMITÉ
INFORME DEL COMITÉ DE CONTRALORÍA SOCIAL
LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
LINEAMIENTOS PARA LA PROMOCIÓN Y OPERACIÓN DE LA CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROGRAMAS FEDERALES DE DESARROLLO SOCIAL, 28-OCTUBRE-2016
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PRODEP 2017, DICIEMBRE DE 2016
ATENCIÓN CIUDADANA DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (SFP)
INSTANCIA EJECUTORA (DATOS DEL RESPONSABLE DE CONTRALORÍA SOCIAL Y MIEMBROS DEL COMITÉ DE CONTRALORÍA SOCIAL)
RESPONSABLES DE LA CONTRALORÍA SOCIAL EN EL ÓRGANO ESTATAL DE CONTROL (OEC)
“Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.